sábado, 14 de abril de 2012

PREVENIR EL BULLYING ESCOLAR: VIDEOS UTILIZADAS PARA DRAMATIZACIÓN o entrevis...


Salud mental



Bullying en el Peru, reglamento

Sale reglamento para poner freno a bullying
Directores obligados a actuar de inmediato ante acoso escolar
Ante los recientes casos de bullying y acoso escolar registrados en los colegios públicos del país, el Gobierno públicó ayer el reglamento que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.
Aunque el Poder Ejecutivo se tardó casi un año para reglamentar la Ley N° 29719 (Ley Antibullying), emitida el 24 de junio del 2011, el Decreto Supremo N° 010-2012-ED busca brindar una atención inmediata de los agentes educativos ante la ocurrencia de un caso de bullying.
Según los considerandos de la ley, el Ministerio de Educación recogió las opiniones formuladas por distintos órganos y entidades públicas, así como por instituciones privadas y organizaciones de la sociedad civil involucradas en las tareas educativas.
De este modo, todos los agentes de la educación (directivos, docentes, auxiliares, administrativos, personal de servicio, estudiantes y padres de familia) están en la obligación de informar oportunamente sobre los casos de violencia y acoso escolar.
Una acción inmediata será convocar a todos los involucrados en el caso de bullying, como los estudiantes víctimas, agresores y espectadores, para establecer las medidas de protección, las medidas de corrección y los compromisos a adoptarse.
Se pudo conocer que la norma también plantea la reserva y la confidencialidad relacionadas a la identidad e imagen de los estudiantes víctimas, agresores y espectadores, así como los datos de su aula, grado de estudios, el nombre de padres y domicilio.

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